El Defensor del Pueblo recurre la ley catalana de inmigración
He tardado un poco en escribir sobre esto. Sobre todo porque el fondo de esta noticias da para hablar bastante..., y de hecho , una vez terminado el post (por terminarlo, se podía hacer eterno) he visto que me he ido por las ramas un poco (tendré que hablar de estas cosas en otros post...)
El Defensor del Pueblo recurre la ley catalana de inmigración
"La defensora del pueblo en funciones, María Luisa Cava de Llano, ha recurrido ante el Tribunal Constitucional la ley catalana de Acogida de Inmigrantes porque fija el catalán como lengua preferente en el proceso de aprendizaje de los extranjeros empadronados en Cataluña. La decisión provocó ayer una oleada de críticas contra la institución. El consejero de Innovación, el republicano Josep Huguet, calificó de "falangista" a Enrique Múgica, ya dimitido del cargo, por iniciar este recurso tras el que promovió contra el Estatuto."
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Añado este otro artículo, al poner las palabras de Montilla y al resumir las motivaciones de la defensora del pueblo en funciones:
Montilla acusa a la Defensora del Pueblo de actuar al dictado del PP
"Las claves del recurso
- La Ley de Acogida de las personas inmigradas en Cataluña. El artículo 9 de la ley, aprobada en abril por el Parlamento catalán, establece que los inmigrantes tienen que alcanzar durante el proceso de integración las competencias lingüísticas tanto en catalán como en castellano. La ley fija el catalán como la lengua común y vehicular al estimar que es básica para la integración. Terminada esta formación, el servicio de acogida debe ofrecer los cursos de castellano a quienes lo pidan o requieran.
- Lo que dice la sentencia del Tribunal Constitucional. El TC anuló el artículo 6.1 del Estatuto que fijaba el catalán como lengua de uso preferente en las administraciones públicas y los medios de comunicación.
- Lo que dice la Defensora del Pueblo. Pese a que la ley se aprobó en abril, el Defensor del Pueblo decidió aplazar cualquier recurso a la espera de que el Tribunal Constitucional fijara su doctrina sobre el uso del catalán. El recurso se basa en que el TC sostiene que el catalán no puede ser de uso preferente."
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Conocí esa ley hace unos meses, y desde luego me parecía algo discriminatorio, y sin duda anticonstitucional.
El artículo 9:
"Artículo 9. Competencias lingüísticas básicas.
1. La persona titular del derecho de acceso al servicio de primera acogida, a lo largo del proceso de integración en la sociedad catalana, debe alcanzar las competencias lingüísticas básicas en catalán y en castellano.
2. El servicio de primera acogida debe ofrecer la formación y los medios necesarios para la adquisición de las competencias básicas en lengua catalana a las personas titulares del derecho de acceso al servicio que no la conozcan, siempre que sea posible mediante el Consorcio para la Normalización Lingüística.
3. Debe fijarse, por reglamento, el nivel mínimo de referencia que debe alcanzarse en cuanto a competencias lingüísticas referidas en el Marco europeo común de referencia para las lenguas, establecido por el Consejo de Europa.
4. El catalán, como lengua propia de Cataluña, es la lengua común para la gestión de las políticas de acogida e integración. También es la lengua vehicular de la formación y la información, instrumento básico para la plena integración en el país. A tal fin, el aprendizaje lingüístico ofrecido por los servicios de primera acogida empieza por la adquisición de las competencias básicas en lengua catalana.
5. El servicio de primera acogida, terminada la formación en lengua catalana, debe ofrecer la formación para adquirir las competencias básicas en lengua castellana a las personas que hayan alcanzado la adquisición de competencias básicas en lengua catalana y que lo soliciten o lo requieran."
Si El artículo 3 de la Constitución Española dice:
Artículo 3.
1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.
2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos.
3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.
No tendría que haber dudas que ese artículo 9 , es anticonstitucional.
- Lo que dice la sentencia del Tribunal Constitucional. El TC anuló el artículo 6.1 del Estatuto que fijaba el catalán como lengua de uso preferente en las administraciones públicas y los medios de comunicación.
¿tiene sentido que los extranjeros tengan que aprender catalan, si por ejemplo conocen el español?
No tiene sentido, y creo que no se puede usar el argumento de la integración. Por ejemplo, para un hispanohablante no le haría falta aprender catalana, o al menos tener que examinarse. Los hispanohablantes que he conocido en Cataluña, entienden bien el catalan y "todavía" los catalanes entienden el español = no haría falta saber catalan para integrarse. Lo mismo puede ocurrir con los extranjeros que saben español, que los pocos que conozco pueden hacerse entender y entender...
Pero, también añadiría el artículo 11º
"Artículo 11. Conocimiento de la sociedad catalana y de su marco jurídico.
Los titulares del derecho de acceso al servicio de primera acogida deben poder alcanzar conocimientos básicos y prácticos en los siguientes ámbitos:
Las características fundamentales de Cataluña, y del municipio de empadronamiento y la correspondiente comarca, en cuanto a los aspectos sociales, de ocio, culturales, geográficos e históricos y a la realidad sociolingüística, así como las características fundamentales del Estado y de la Unión Europea.
Los derechos y deberes fundamentales.
Los recursos públicos y privados, así como los principales servicios públicos y los deberes y derechos como usuarios o potenciales beneficiarios de ayudas y prestaciones.
El funcionamiento del sistema político y administrativo, abarcando las oportunidades de participación en la política y en la sociedad civil.
Los conocimientos necesarios para el acceso y el mantenimiento de la regularidad administrativa necesaria para vivir en Cataluña, especialmente los conocimientos derivados del régimen de extranjería."
¿tiene sentido que un extranjero tenga que tener conocimiento del funcionamiento del sistema político y administrativo? ¿Eso lo saben todos los catalanes?
Hace poco se pedía que una sanción para el juez Celemín,
Para el director de los servicios jurídicos de la ONG, Gustavo Fajardo Celis, la actitud de Celemín es "xenófoba y desconsiderada". El magistrado enunciaba seis preguntas para establecer el nivel de arraigo del inmigrante con el país. En ella figuran enunciados como "Qué pasó en España en el siglo VIII?" o "Diga un escritor español nacido en 1866", cuestiones que para Fajardo son "impertinentes" porque a su juicio no conducen al objeto de la entrevista. "Con ese cuestionario el 80% de los españoles perdería su nacionalidad", opina el abogado, que ve más oportuno preguntar sobre temas laborales, hábitos de conducta o violencia de género. "Un historiador que viva en EEUU te las responde magistralmente y no tiene nada de español", sentencia .
El tema de extranjería ,daría para hablar bastante, las cosas absurdas que piden...(se me ha ido olvidando hacer post sobre este tema...)
Resumiendo:
¿tiene sentido ese recurso? Si...
¿Es sólo por ser ex-diputada del PP? No, recondando que Múgica recurrió el Estatuto de Cataluña.
¿tiene sentido acusar de facha a toda persona que critica o recurre el estatuto de cataluña? En general , en España cualquier cosa que sea criticar a la izquierda es de fachas, aunque la persona que hable sea de izquierdas, diga cosas que se pueden decir en una democracia...
Las leyes se pueden recurrir, y no es de fachas hacerlo. Se puede hacer en democracia...
Ahora me desvío un poco del tema, y hablo de el absurdo de acusar algunos de fachas o antidemocratas, al ejercer libremente los derechos que una democracia permite como es recurrir una ley.
Parece que en España algunos sólo quieren pensamiento único. Y todos los que opinen al contrario son fachas.
Parece que es cada vez más frecuente escuchar y leer que la derecha no puede gobernar. En este caso, el/la defensora del pueblo no puede ser del PP.
¿son ellos los democráctas?....
Recurrir una ley, está dentro de la democracia.
Que una defensora del pueblo sea del PP, está dentro de la democracia...
Cualquier persona que opine distinto a la "izquierda" , puede hacerlo en democracia.
Parece que quieren el pensamiento único, un partido único...



















David dijo
Puedes y pueden decir lo que queráis sobre si es constitucional o no o si tiene o no tiene sentido desde vuestro punto de vista pero la única verdad es que:
http://www.nouscatalans.cat/component/contingut/article/2089/els_...
23 Agosto 2010 | 09:10 PM